Sesión ordinaria Pleno, el día 20 de junio

Se hace público que por el Sr. Alcalde Presidente se ha dictado la resolución que seguidamente se transcribe literalmente y dice:

    “DECRETO Nº 2675/2013.- En cumplimiento de lo prevenido en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y demás preceptos que lo desarrollan, RESUELVO:

Primero.- Convocar sesión ordinaria del Ayuntamiento Pleno, el día 20 de junio de 2013, a las 10:00 horas, en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial de Pájara, al objeto de tratar los asuntos que se reseñan en el siguiente

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Pacto por los SS.SS

RECORRIDO HISTÓRICO DEL PACTO POR LOS SERVICIOS SOCIALES EN FUERTEVENTURA

En el marco de coordinación político-técnica de las Áreas de Servicios Sociales de los seis Ayuntamientos de Fuerteventura, el día 26 de noviembre de 2012, haciendo un análisis de nuestra realidad social se detectan muchas necesidades pero también muchas potencialidades.
En este contexto nace el Pacto por los Servicios Sociales en Fuerteventura, del que se pretende que sirva de garante de la prestación de Servicios Sociales en todos los Ayuntamientos de Fuerteventura, con unos compromisos básicos, que son los siguientes:

• Que todos los municipios cuenten con Servicios Sociales Municipales, con equipo suficiente para desarrollar todas las prestaciones básicas del Plan Concertado.
• Que se mantengan todos los recursos de Servicios Sociales y no se cierren ni se merme ninguno de ellos.
• Unos presupuestos de Servicios Sociales con una inversión mínima del 5% y hacia el tanto por ciento justo que es el 7%, del resto de partidas de cada presupuesto: Municipal, Insular y de la Comunidad autónoma, comprometiéndose a que cualquier variación siempre será al alza. Recordar que no es un gasto, es una inversión.
• Unos Servicios Sociales con dotación de recursos y equipamientos que den respuesta hoy a todas las necesidades, reflejadas en las prestaciones básicas de Servicios Sociales, especialmente atendiendo a los programas de convivencia y alojamiento alternativo, favoreciendo el reabrir recursos cerrados y buscando medidas como el alquiler social, que mantengan a las personas en su entorno.
• Unos Servicios Sociales que lleguen y atiendan a todas las personas que lo necesiten, sin listas de espera y con la inmediatez que las situaciones de urgencia requieren.
• Unos Servicios Sociales desburocratizados, que pongan al centro a la persona y no otros intereses, normas, protocolos…
• Unos Servicios sociales organizados y estructurados para la atención desde la universalidad, es decir que lleguen a todos y todas.
• Unos servicios sociales que se conozcan y se valore la importancia que tienen siempre, pero especialmente en estos momentos. Haciendo visible y respetando el trabajo en lo social.
• Unos equipos y plantillas de personal adecuados en número, disciplinas, y con estabilidad.
• Unos Servicios Sociales donde haya claridad en las competencias y se rescate su característica principal: ser de responsabilidad pública; evitando su privatización.
• Unos Servicios Sociales donde se potencie la prevención y aumente el número de trabajadoras sociales, llegando al mínimo de una por cada 3.000 personas -habitantes.
• Unos Servicios Sociales que partan de análisis actualizados de la realidad de la isla y cuenten con herramientas para ello.
• Unos Servicios Sociales con más coordinación entre los diferentes niveles de la Administración y ámbitos de actuación; así como con otras áreas del Bienestar Social.
• Unos Servicios Sociales con espacios de elaboración de criterios, procedimientos y protocolos comunes y aunando aspectos administrativos para que las prestaciones lleguen en tiempo y forma adecuados por derecho.
• Unos Servicios Sociales que cuiden la formación permanente, que mejoren la calidad y calidez de nuestras actuaciones sociales.
• Unos Servicios Sociales como pilar básico del Estado de Bienestar, potenciando los servicios públicos y que superen la asistencia como única atención que se está desarrollando.

El 11 de diciembre se presenta el Pacto a los medios de comunicación y es respaldado por todos/as los Alcaldes y Alcaldesas de la isla. Más tarde, se valoró que el salón de plenos de un Ayuntamiento no era el lugar adecuado para su presentación, por considerarse como un acto supramunicipal.

En este acto también se invita a las organizaciones sociales y a las personas particulares, a que se adhieran al mismo, para lo cual elabora, una carta de adhesión y se envía a todas las organizaciones sociales insulares y municipales y se establece un plazo para recoger estas adhesiones desde el 11 de diciembre al 5 de febrero.

Simultáneamente se ratifica el pacto en todos los municipios a través de una moción que se acuerda trasladar al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, a la FECAM, FEMP, Cabildo de Fuerteventura y a la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda del Gobierno de Canarias.

La reunión establecida para la primera evaluación y seguimiento del pacto fue el 8 de febrero pero no se celebró por problemas de agenda, celebrándose la misma el 5 de marzo, donde se acuerda, viendo las dificultades que se estaban produciendo en los distintos municipios, mantener una reunión de todos los Concejales y todas las concejalas, con cada uno de los Alcaldes y Alcaldesas para garantizar compromisos, porque se observa, que teniendo en cuenta, que el pacto en sí es un instrumento que para su implementación requiere de un proceso que no ha sido el mismo en todos los municipios, encontrándose una serie de dificultades, basadas principalmente en los recortes presupuestarios, que se traducen en recortes de recursos humanos.

Por otro lado se entiende que no hay una visión de conjunto en los grupos de Gobierno de las distintas entidades, viendo los Servicios Sociales como algo aislado. También se considera que en ocasiones de la vida del pacto, se han tomado decisiones muy apresuradas.

A día de hoy aún no se ha celebrado este encuentro en un Ayuntamiento.

Este pacto surge de un espacio de coordinación único, de los responsables políticos y técnicos de los seis ayuntamientos, independientemente de la orientación política, y a pesar de las dificultades que se han presentado, se valora positivamente y se considera un instrumento válido para garantizar y defender los Servicios Sociales Municipales en Fuerteventura.

Ha sido aceptado como documento único para todos los Ayuntamientos, y aprobado en todos los plenos municipales, ha permitido adherirse a 62 organizaciones sociales y ha permitido visibilizar los Servicios Sociales Municipales.

El pasado 5 de abril se realizó una nueva valoración del pacto y se establecieron las siguientes acciones de continuidad:

– Celebrar reunión política con el municipio que falta antes del 19 de abril.
– Reunión de los Concejales y las Concejalas, con el Consejero de Bienestar Social, Sanidad, Juventud, Participación Ciudadana y Vivienda del Cabildo de Fuerteventura, para valorar la posible implicación del Cabildo en los compromisos del pacto.
– Proponer en los plenos municipales, la declaración de los Servicios Sociales como Servicios Públicos esenciales.
– Comunicar a la ciudadanía, la trayectoria del pacto, durante el mes de mayo.
– Celebrar una Asamblea Insular con las organizaciones sociales que se hayan adherido al pacto, en la que cada una adquiera unos compromisos, para a finales de mayo.
– Realizar una campaña publicitaria para dar a conocer los Servicios Sociales a la ciudadanía.
– Proponer la aprobación de una Moción en los plenos municipales informando a la FECAM del pacto por los Servicios Sociales en Fuerteventura para que se inste al resto de los Ayuntamientos de Canarias a suscribirlos.

Servicio de Prevención

Destinatarios

9Los beneficiarios de este programa son los menores y familias residentes en el municipio de Pájara, en especial aquellos que precisan apoyo por existir indicadores familiares de riesgo y/o ausencia de los factores de protección.

Objetivos

• Fomentar hábitos de conducta y adquisición de habilidades básicas 10que capaciten a los adultos que desempeñen roles parentales para desenvolverse adecuadamente , tanto en el cuidado de los hijos como en su entorno.
• Desarrollar actividades de integración de los menores y las familias.
• Facilitar la detección temprana y la atención, derivación o notificación de situaciones de riesgo y maltrato infantil.

Actividades

• Acompañamientos, apoyo en trámites, citaciones, contactos telefónicos, entrevistas o terapias individuales y familiares, visitas y reuniones familiares.
• Búsqueda de información y documentación, diagnóstico familiar, evaluaciones del programa de intervención familiar, informes de derivación, programas de trabajo familiar individualizado, seguimiento familiar, reuniones de coordinación.
• Análisis del absentismo, elaboración de protocolos de derivación, de evaluación y planificación.
• Realizar actividades de prevención, reuniones de coordinación con centros, servicios y recursos municipales, difusión de las actuaciones realizadas y evaluación de las mismas.

TELEASISTENCIA

¿Qué es?

11La Teleasistencia Domiciliaria es un servicio de atención telefónica ininterrumpida en el que el/la usuario/a, tiene que pulsar un botón, ante cualquier situación de emergencia, para entrar en contacto verbal, manos libres, con una Central desde la que se atiende su demanda mediante un sistema de comunicaciones e informática especificas.

El servicio de Teleasistencia establece comunicación con el/la usuario/a, moviliza los recursos más oportunos y mantiene la comunicación hasta la resolución del problema.

Objetivos generales

• Facilitar la intervención en casos de emergencia.

• Evitar internamientos innecesarios.

• Posibilitar la integración en el medio habitual de vida.

• Servir de apoyo a la familia ó unidades de convivencia con personas dependientes con necesidad de cuidados continuados.

Objetivos específicos

• Mantener la conexión permanente entre el/la usuario/a y la Central.

• Movilizar los recursos necesarios en las situaciones de urgencia.

• Facilitar la información y asesoramiento a los mayores.

• Servir de enlace entre el/la usuario/a y el entorno socio – familiar.

Requisitos

Los/as usuarios/as que podrían acceder a este servicio son tanto personas mayores de 65 años como discapacitadas o enfermas, que estén en situación de riesgo, debiendo reunir los siguientes requisitos:
• Ser residente y estar empadronado en el municipio de Pájara.

• Vivir sólo/a o pasar gran parte del día sólo/a ó en compañía de personas en situación similar de riesgo.

• Tener cubiertas las necesidades básicas de alimentación, aseo, vivienda, etc.

• No padecer enfermedad ó incapacidad mental, incluyendo personas con demencia senil.

• No ser sordo/a absoluto/a ó mudo/a.

• Disponer, o estar en condiciones de disponer, de línea telefónica en su domicilio.

• Contar al menos con tres personas de contacto que tengan llave de la vivienda.

Cómo solicitarlo

La demanda de este servicio se realizará a través de los Servicios Sociales municipales, ubicados en el Ayuntamiento de Pájara y las Tenencias de Alcaldía, quienes realizarán una visita domiciliaria para recopilar los datos necesarios para recibir el servicio

Ayudas a Domicilio

Definición

El Servicio de Ayuda a Domicilio del Ayuntamiento de Pájara está constituido por un conjunto de actuaciones, realizadas preferentemente en el domicilio del/la destinatario/a, de carácter doméstico, social, de apoyo psicológico y rehabilitador, dirigidas a personas y/o familias que se hallen en situaciones de especial necesidad, facilitando así la permanencia y la autonomía en el medio habitual de convivencia, con la mayor calidad de vida y evitando en lo posible su institucionalización.

{ytab}{tab title=Finalidad}La prestación de la Ayuda a Domicilio tiene como finalidad facilitar la autonomía de la persona y/o familia para que permanezca en su entorno habitual de vida, evitando situaciones de desarraigo y desintegración social.{/tab}{tab title=Objetivos}Son objetivos de la Ayuda a Domicilio los siguientes:
a) Prevenir y evitar el internamiento de las personas para que, con la aplicación de esta ayuda puedan permanecer en su medio habitual.
b) Favorecer en el/la usuario/a el desarrollo de capacidades personales y de hábitos de vida adecuados.
c) Procurar la mejora de las condiciones de convivencia del/a usuario/a en su entorno
d) Favorecer la participación del/la usuario/a en la vida de la Comunidad
e) Colaborar con la familia en los casos en los que esta, por sí misma) no pueda atender totalmente las necesidades de la vida diaria del/la usuario/a
f) Atender situaciones coyunturales de crisis personal y familiar.
{/tab}{tab title=Prestación Servicio}El servicio de Ayuda a Domicilio prestará las siguientes tareas y/o servicios:

1.- Actuaciones de Carácter doméstico

Se entiende como tales aquellas actividades y tareas que se realicen de forma cotidiana en el hogar referidas a:

a) La alimentación. Comprenderá entre otras las labores de compra y preparación de alimentos en el hogar.
b) La ropa. Comprenderá las funciones de lavado, planchado, costura, orden, compra y otras análogas.
c) La limpieza y el mantenimiento de la vivienda, así como la realización de pequeñas reparaciones y otras tareas que no precisen la intervención de especialistas.

Para la realización de estas actuaciones, el/la usuario/a deberá disponer o proveerse de los medios necesarios.

2.- Actuaciones de Carácter Personal

Son todas aquellas actividades que se dirigen a el/la usuario/a del servicio cuando éste no pueda realizarlas por sí mismo o cuando precise:

a) Apoyo en el aseo y cuidado personal, con objeto de mantener la higiene corporal.
b) Ayuda para efectuar la comida
c) Cumplimiento, en su caso, de la prescripción de medicación simple efectuada por personal facultativo.
d) Apoyo a la movilidad dentro del hogar
e) Compañía en el domicilio
f) Acompañamiento fuera del hogar para la realización de diversas gestiones, tales como visitas médicas, tramitación de documentos y otras análogas.
g) Otras atenciones de carácter personal, no contempladas en los apartados anteriores, que puedan ser incluidas con carácter específico para alcanzar la finalidad de este servicio, previamente valorado por el/la trabajador/a social.

3.- Actuaciones de Carácter Educativo

Son aquellas que están dirigidas a fomentar hábitos de conducta y adquisición de habilidades básicas, y se concretan, entre otras, en las siguientes actividades:

a) Organización económica familiar
b) Planificación de higiene familiar
c) Formación en hábitos de convivencia (familia, entorno, etc.)
d) Apoyo a la integración y socialización

4.- Actuaciones de Carácter Rehabilitador

Se refieren a las intervenciones Técnico-profesionales formativas y de apoyo psicosocial, dirigidas al desarrollo de las capacidades personales y a la integración del/la usuario/a en su unidad convivencial y en su mundo relacional.

Además de estas actuaciones de Carácter Básico podrán prestarse otras actuaciones de carácter complementario, en las que se podrá contar con la participación de Voluntariado Social.
{/tab}{tab title=Documentación}A las solicitudes se acompañarán los siguientes documentos:

– Fotocopia del D.N.I. del/la solicitante.

– Fotocopia de la tarjeta sanitaria.

– Certificación de residencia y convivencia (se solicita a nivel interno, no tiene que aportarlo el/la solicitante)

– Documentación acreditativa de los ingresos (nómina, certificado de pensiones, prestaciones, etc. o, en su caso, certificación de encontrarse desempleado/a y no percibir prestaciones) de todos los miembros de la unidad familiar que conviven con el/la solicitante.

– Informe médico del/la solicitante y de cualquier otro miembro de la familia si se considera oportuno por la Trabajadora Social.

– Las personas que padezcan una incapacidad física, psíquica o sensorial presentarán certificación acreditativa de dicha discapacidad.

La acreditación de estos documentos tendrá carácter obligatorio. La falta de alguno de ellos supondrá la denegación del servicio.
Solicitudes{/tab}{/ytab}

Ayudas Económicas

Son prestaciones económicas no periódicas destinadas a afrontar gastos específicos de carácter básico, relativos a la atención de necesidades alimenticias, así como la adecuación, el equipamiento y mantenimiento de la vivienda habitual del beneficiario, provocados por situaciones excepcionales y previsiblemente irrepetibles. Sirven también para cubrir necesidades de emergencia por razones humanitarias o de fuerza mayor, para prevenir situaciones de exclusión social y para favorecer la plena integración social de los sectores de población que carezcan de recursos económicos propios para la atención de sus necesidades básicas.

{ytab}{tab title=Requisitos}Los solicitantes de las ayudas económicas deben cumplir con los siguientes requisitos.

1.- Ser mayor de 18 años o estar emancipado legalmente o, en su defecto, haber iniciado el trámite legal de emancipación.

2.- Estar empadronado y residiendo en el término municipal con una antelación mínima de seis meses a la solicitud, excepto aquellos solicitantes que estén acogidos en recursos de alojamiento institucional y los transeúntes que se encuentren en situación de extrema urgencia ó aquellos solicitantes que estando empadronados y residentes y no cumpliendo el tiempo de antigüedad se encuentren en situación de extrema necesidad ó exclusión social.

3.- No contar con recursos económicos suficientes . En nigún caso se concederá la prestación solicitada cuando la suma total de los ingresos de la unidad familiar supere los límites establecidos en el siguiente baremo, que toma como referente el S.M.I. vigente en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda de que se trate.

Nº miembros de la Límite de ingresos(2013) Cuantías totales
Unidad Familiar (SMI + Variable)

Solicitante………………………..100% SMI……………………….645,30 €

Solicitante + 1……………………SMI x 1,20………………………774,36 €

Solicitante + 2……………………SMI x 1,70……………………..1.097,01€

Solicitante + 3……………………SMI x 2,10…………………….1.355,13 €

Solicitante + 4……………………SMI x 2,40…………………….1.548,72 €

Solicitante + 5……………………SMI x 2,60…………………….1.677,78 €

Solicitante + 6……………………SMI x 2,80…………………….1.806,84 €

Más de 7 miembros………..3 veces el SMI + 0,20 veces por cada miembro que exceda de 7.

Cuando se trate de familias con menores nacidos en parto múltiple los índices anteriores se multiplicarán por 1,2 y 1,4 en los casos de parto doble o triple durante los dos o tres primeros años, respectivamente, posteriores al parto. En partos de más nacidos se podrá superar el resultado de la operación citada en función de la situación de necesidad sin llegar a superar el 700 % del SMI.

4.- No disponer de bienes muebles o inmuebles, distintos a la vivienda habitual, sobre los que se posea un derecho de propiedad, posesión, usufructo o cualquier otro que genere ó pueda generar ingresos de forma inmediata o en el momento en que surja la necesidad.

5.- No tener acceso a otras ayudas de otras Administraciones Públicas o recursos propios que cubran la totalidad de la necesidad para la que se solicita la prestación, excepto las tipificadas en la presente ordenanza.

6.- No haber solicitado ningún miembro de la unidad familiar ayuda económica municipal en los últimos 6 meses, salvo en aquellos casos excepcionales en los que por necesidad sobrevenida requieran de atención urgente e inmediata.
{/tab}{tab title=Tipos de Ayudas}Las ayudas económicas municipales para la atención de necesidades sociales serán las siguientes:

a) Ayudas para alimentos.

Por una cuantía de hasta el 50% del S.M.I., incrementándose el límite máximo anterior en un 10% del S.M.I. por cada menor de la unidad familiar, hasta un máximo de 3 meses.

b) Ayudas para dietas especiales.

Establecidas por prescripción facultativa de la Sanidad Pública, por un importe máximo igual al 75% del S.M.I. vigente.

c) Ayudas para lactantes.

Por un importe máximo del 75% del S.M.I. vigente.

d) Ayudas para alquiler de la vivienda habitual

Hasta 2 meses del importe del alquiler y la fianza, en su caso, cuando existan garantías de continuidad en la misma y no sean propietarios de otros bienes inmuebles.

e) Ayudas para adaptaciones de la vivienda habitual para personas con movilidad reducida, que sirva para proporcionar niveles mínimos de habitabilidad, por un importe máximo igual al 200% S.M.I. vigente y sin pasar nunca del 50% del coste total.

f) Ayudas para adquisición de equipamiento básico de primera necesidad para la vivienda habitual.

Por un importe máximo igual al 200% del S.M.I. y sin pasar del 50% del coste total.

g) Ayudas para deudas derivadas del consumo de energía eléctrica en la vivienda habitual.

Hasta un máximo de 2 recibos, no pudiéndose conceder ayuda por más de 200 euros.

h) Ayudas para el alta de consumo de energía eléctrica en la vivienda habitual.

Por importe del alta más el de la acometida.

i) Ayudas para adquisición, reparación y adaptación de gafas graduadas.

Por prescripción facultativa de la Sanidad Pública y por un importe máximo igual al 50% del coste total, con un máximo de 300 euros.

j) Ayudas para ortopedias y prótesis.

Por prescripción facultativa de la Sanidad Pública por un importe máximo igual al 50% del coste total, siempre que no sea cubierto por la misma ó haya sido denegado

k) Ayudas técnicas.

Estas ayudas serán complementarias a las concedidas por otras Administraciones, por prescripción facultativa de la Sanidad Pública.

El importe alcanzará, como máximo, la diferencia con las concedidas por otras Administraciones siempre que no supere el 50% del coste total.

l) Ayudas para Guardería y Escuela Infantil (de 0 a 3 años) por una sola vez y por la totalidad de la matrícula y primera mensualidad.

m) Ayudas para comedor escolar por un importe máximo equivalente al coste total de las mensualidades a pagar en el curso escolar.

n) Ayudas de Emergencia Social o de atención de situaciones de urgente y grave necesidad.

Son ayudas que no pueden ser atendidas por ninguno de los conceptos anteriores ó por cualquier otro tipo de prestación o ayuda, tales como limpiezas extraordinarias en domicilios cuando exista riesgo sanitario, enterramientos, partos múltiples, intervenciones quirúrgicas, alojamientos temporales urgentes, etc… ajustándose en estos casos la cuantía de la ayuda a la necesidad planteada.

2.- Con carácter general, las ayudas se tramitarán por un concepto único y sólo con carácter excepcional podrán especificarse dos conceptos, en cuyo caso el importe máximo de la ayuda será el que corresponda a la suma de ambos conceptos, siempre que dicha cantidad no supere el 300% del SMI vigente.¨{/tab}{tab title=Documentación}La documentación que deben presentar l@s solicitantes será la siguiente:

1) De carácter general:

– Solicitud de ayuda, según modelo oficial (Anexo I), debidamente cumplimentada.
– Fotocopia del D.N.I. ó documentación acreditativa de la identidad del/a solicitante y de los/as mayores de 16 años de la unidad familiar.
– Fotocopia del Libro de familia, partida de nacimiento de cada miembro de la unidad familiar o, en su caso cualquier otro documento que acredite la composición de la unidad familiar.
– Certificado de empadronamiento comprensivo, en su caso, de la unidad familiar.
– Si algún miembro no figurara en el certificado de empadronamiento de la unidad familiar, certificado de convivencia comprensivo, en su caso, de la unidad familiar.
– En el caso de trabajadores desempleados, fotocopia de la tarjeta de demanda de empleo de los mayores de 16 años. No obstante, en el caso de ser estudiante algún miembro de la unidad familiar mayor de 16 años, justificante que acredite dicha situación. Así mismo, cuando concurran otras causas que impidan la obtención de la citada tarjeta, el interesado lo hará constar en documento expreso por medio de declaración jurada, con indicación de la causa concurrente, la cual deberá ser apreciada por los Servicios Sociales Municipales para poder ser beneficiario de la ayuda solicitada.
– Justificante de ingresos de cada uno de los miembros de la unidad familiar. A tal efecto se presentará, según proceda, la siguiente documentación:

a) Fotocopia del contrato de trabajo y las dos últimas nóminas de l@s mayores de 16 años que realicen actividad laboral.
b) Justificante de la pensión que cobra, en caso de pensionistas.
c) Justificante de prestación por desempleo, en caso de desemplead@s.
d) Fotocopia de los pagos trimestrales a Hacienda, en caso de trabajadores autónom@s y declaración responsable de los ingresos mensuales que percibe.
e) Declaración de la renta o justificante negativo en caso de no realizarla.
f) Alta de Tercero para procedimientos de pagos en este Ayuntamiento.
g) Declaración responsable en la que se hará constar:
* Que no ha recibido ayudas o subvenciones para el mismo destino, de cualquier Administración ó Entidad Pública. En otro caso deberá consignar las que haya solicitado y el importe de las recibidas.
* Que haya procedido a la justificación de las ayudas que se le hubieran concedido con anterioridad por el Ayuntamiento o en otro caso, indicación de las ayudas pendientes de justificar y causa que lo motiva.
* Que autoriza expresamente a la Administración municipal para recabar cualquier tipo de información que pueda obrar en su poder o solicitarla a otras Administraciones.
h) Cualquier otra documentación que el Departamento de Servicios Sociales pueda considerar de interés para la correcta valoración de su solicitud y que se le podrá requerir durante su tramitación.

En caso de imposibilidad de aportar total ó parcialmente la documentación en cuestión, el interesado lo hará constar en documento expreso por medio de declaración jurada, con indicación de la causa concurrente, la cual deberá ser apreciada por los Servicios Sociales municipales para poder ser beneficiario de la ayuda solicitada.

2) Documentación específica, según tipo de solicitud:

a) Ayudas para dietas especiales:

– Prescripción facultativa que acredite la necesidad de dieta especial.

– Un presupuesto del coste de la dieta.

b) Ayudas para alquiler de la vivienda habitual:

– Contrato de arrendamiento o en su caso, justificación del derecho de uso de la vivienda ó habitación y coste económico del mismo.

– Último recibo de alquiler, y recibo de fianza, en su caso.

c) Ayudas para adaptación de la vivienda habitual para personas con movilidad reducida:

– Informe médico que acredite la movilidad reducida.

– Dos presupuestos distintos del coste de la adaptación de distintos proveedores, salvo justificación, que deberá ser apreciada por los Servicios Sociales Municipales, de la imposibilidad de recabar dos ofertas diferentes por razones técnicas o de inaccesibilidad.

d) Ayudas para adquisición de equipamiento básico de primera necesidad para la vivienda habitual:

– Dos presupuestos distintos del equipamiento a adquirir de distintos proveedores, salvo justificación, que deberá ser apreciada por los Servicios Sociales Municipales, de la imposibilidad de recabar dos ofertas diferentes por razones técnicas o de inaccesibilidad.

e) Ayudas para deudas derivadas del consumo de energía eléctrica en la vivienda habitual y para el alta de la misma:

– Los recibos pendientes de pago.

– Presupuesto del alta y/o acometida.

f) Ayudas para adquisición, reparación y adaptación de gafas graduadas.

– Prescripción facultativa que acredite la necesidad.

– Dos presupuestos de distintos proveedores, salvo justificación, que deberá ser apreciada por los Servicios Sociales Municipales, de la imposibilidad de recabar dos ofertas diferentes por razones técnicas o de inaccesibilidad.

g) Ayudas para ortopedias y prótesis:

– Prescripción facultativa que acredite la necesidad.

– Dos presupuestos de distintos proveedores, salvo justificación, que deberá ser apreciada por los Servicios Sociales Municipales, de la imposibilidad de recabar dos ofertas diferentes por razones técnicas o de inaccesibilidad.

– Justificante del Servicio Canario de Salud que acredite la cuantía que, en su caso, aporta para tal fin.
h) Ayudas técnicas:

– Prescripción facultativa que acredite la necesidad.

– Dos presupuestos de distintos proveedores, salvo justificación, que deberá se apreciada por los Servicios Sociales Municipales, de la imposibilidad de recabar dos ofertas diferentes por razones técnicas o de inaccesibilidad.

– Justificante del Servicio Canario de Salud que acredite la cuantía que, en su caso, aporta para tal fin.
Solicitudes{/tab}{/ytab}

A quién va dirigido

1Los Servicios Sociales básicos van dirigidos a toda la población con independencia de sus características sociales o demográficas. Constituyen el primer nivel de atención, como respuesta cercana ante cualquier demanda o necesidad. Se caracteriza por tener un ámbito de actuación municipal y de fácil acceso a la ciudadanía

Servicios Sociales

QUÉ SON LOS SERVICIOS SOCIALES MUNICIPALES

Son un conjunto de servicios, prestaciones y acciones gratuitas y públicas, orientadas a la mejora de la calidad de vida, a la atención de necesidades sociales y a la promoción y desarrollo de las personas residentes en el municipio.
Son el sistema de protección social más cercano al ciudadano y a su ambiente familiar y social, que desarrolla programas y presta ayudas que favorecen la participación, integración y el bienestar de las personas o grupos dentro de su propio entorno.

A quién va dirigido

Los servicios van dirigidos… más info >>

ubicacion

Qué servicios prestan

Los servicios que se prestan son…
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historia

Horarios y lugares

Aquí encontraras los horarios y…
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poblacion

Ayudas

Son prestaciones económicas no periódicas… más info >>

clima

Ayuda a domicilio

El servicio a domicilio del…
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espacios

Servicio de Prevención

Los beneficiarios de este…
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playas

Tele Asistencia

La teleasistencia domiciliaria en un…
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gastronomia