Normas Carrozas del Carnaval de Morro Jable

19 Mar 2014

NORMAS A RESPETAR POR PARTE DE LOS CONDUCTORES Y PARTICIPANTES DE LAS CARROZAS DEL COSO DEL CARNAVAL DE MORRO JABLE.

Es de aplicación (entre otras) la normativa vigente : Ley 33/90 de Tráfico y Seguridad Vial, R.D. 13/92 Reglamento General de Circulación, Ley 1/92 de Seguridad Ciudadana, Ley 2/86 de cuerpos y Fuerzas de seguridad, y como normativa de carácter local, Bandos y Ordenanzas.

 

El día de la Cabalgata, la Policía Local procederá a inspeccionar todas las carrozas ubicadas en la zona de agrupamiento para la salida con el fin de comprobar que las mismas se ajustan a los requisitos contemplados en ésta bases. La Policía Local está facultada y habilitada para que, al detectar durante la inspección cualquier alteración o cambio que suponga incumplimiento de las presentes normas, no permitir la salida y participación de ésa carroza en el evento.

En aras a preparar y coordinar el dispositivo que se pondrá en marcha con la finalidad de garantizar la seguridad y la integridad de los asistentes a los diferentes actos del Carnaval “para que todos nuestros actos se desarrollen con absoluta normalidad y participantes y espectadores puedan disfrutar del espectáculo del carnaval en las mejores condiciones de seguridad”, se requerirá:

1) En cuanto a las dimensiones máximas de cada vehículo, sólo podrán participar como carrozas:

a) Vehículos articulados o tracto camiones con plancha longitud 12 m (Vehículos articulados hasta 16,50 m), la altura permitida no podrá sobrepasar los 4 m incluyendo estructura, decorados y participantes de pié en las mismas, y anchura máxima en la carga 2,50 m, según establece el vigente Reglamento de Vehículos RD 2822/1998 de 23 de diciembre (Anexo IX).

b) Guaguas engalanadas que cumplan con los permisos de circulación en vigor (ITV, Permiso de Circulación, al igual que los vehículos articulados) longitud 12 m (Vehículos articulados hasta 16,50 m), la altura permitida no podrá sobrepasar los 4 m incluyendo estructura, decorados y participantes de pié en las mismas, y anchura máxima en la carga 2,50 m, según establece el vigente Reglamento de Vehículos RD 2822/1998 de 23 de diciembre (Anexo IX).

c) Coches engalanados, motos que cumplan con los permisos de circulación en vigor (ITV, Permiso de Circulación) Longitud 4 m, alto 2,50 m y anchura máxima, incluida la carga, 2 m.

d) Carros de tracción no mecánica u otros vehículos o estructuras que no cumplan con los requisitos de los puntos a) y b), no podrán participar, salvo que vayan remolcados mediante eje rígido por un vehículo o cabeza tractora que cumpla con todas las especificaciones y requisitos que se establecen en los mentados apartados a) y b).

2) Que los vehículos tendrán que reunir las oportunas medidas de seguridad, relacionadas con las características técnicas mínimas que deben poseer para formar parte del coso, dirección, frenado, dimensiones que no comprometan la estabilidad, etc. En los casos que sean necesarios, “los conductores deberán poseer permiso de conducir, seguro obligatorio, la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), y reunir las condiciones mínimas exigibles de seguridad, dirección y frenado, recayendo sobre los mismos la responsabilidad en todo momento”.

3) Que por parte de los Agentes encargados de velar por la seguridad del evento, se podrá requerir a los conductores, antes, durante y después del evento para realizarse pruebas de alcoholemia o cualquier otra prueba que se estime oportuna.

4) No podrán participar aquellos vehículos que emitan ruidos (escape libre) o humos superiores a los establecidos en la legislación. Además, las carrozas serán inspeccionadas por los servicios de seguridad y emergencias en cualquier momento y, en el caso de que se detecten irregularidades, se retirarán del recorrido y se instruirán los expedientes administrativos que sean pertinentes.

5) La Jefatura de la Policía Local añade que “las planchas de las carrozan deben llevar una barandilla de seguridad de un metro de altura, como mínimo, para garantizar la seguridad de las personas que vayan en la misma. Además, “todos los vehículos que lleven grupo electrógeno auxiliar para fluido eléctrico no podrán tener el combustible próximo a éste y deberán ir provistos obligatoriamente de al menos un extintor de 6 kg, que será verificado por el Servicio de Bomberos o Emergencias, toda vez que el combustible se deberá llevar en depósitos homologados y alejado de cualquier foco de calor o fuente de ignición (preferentemente en la cabina de la cabeza tractora).

6) Todos los participantes e invitados de las carrozas deberán estar preparados y subidos en las mismas al inicio del evento, toda vez que no se permitirá una vez iniciada la cabalgata la parada para la subida o bajada de los participantes en la misma.

7) Sólo se permitirá arrojar desde los vehículos confetis y serpentinas, Debiendo lanzarse los mismos hacia las aceras y nunca cerca del vehículo, con el fin de evitar cualquier accidente.

8) Queda prohibido el alumbrado a través de velas, petróleo y/o gas. Se prohíbe la utilización de dispositivos lanzallamas ni pirotécnicos. Se tendrá en cuenta la ubicación y uso por personal no cualificado de barbacoas.

Una vez finalizada la cabalgata, los vehículos no podrán circular por las vías, quedando los conductores sujetos a lo establecido en el Reglamento General de Circulación. 

En Pájara, a 18 de marzo de 2014

POLICIA LOCAL DE PAJARA