Sesión ordinaria del Ayuntamiento Pleno, el día 18 de septiembre de 2014

15 Sep 2014

Se hace público que por el Sr. Alcalde Presidente se ha dictado la resolución que seguidamente se transcribe literalmente y dice:

DECRETO Nº 3779/2014.- En cumplimiento de lo prevenido en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y demás preceptos que lo desarrollan, RESUELVO:

Primero.- Convocar sesión ordinaria del Ayuntamiento Pleno, el día 18 de septiembre de 2014, a las 10:00 horas, en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial de Pájara, al objeto de tratar los asuntos que se reseñan en el siguiente

ORDEN DEL DÍA

PARTE RESOLUTIVA

1.- LECTURA Y APROBACIÓN, EN SU CASO, DEL ACTA PRECEDENTE.

2.- DACIÓN DE CUENTA AL PLENO DE LA RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA Nº 3630/2014 DE FECHA 1 DE SEPTIEMBRE.

3.- DACIÓN DE CUENTA DE LOS CONVENIOS DE COLABORACIÓN APROBADOS POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EN SESIONES DIVERSAS.

4.- ACUERDO REMITIDO POR EL CABILDO INSULAR DE FUERTEVENTURA SOBRE LA MOCIÓN DE LOS GRUPOS COALICIÓN CANARIA Y SOCIALISTA, RELATIVO A LA MOCIÓN DE APOYO A LAS DEMANDAS DEL SECTOR PRIMARIO DE FUERTEVENTURA.

5.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO POPULAR DEL AYUNTAMIENTO DE PÁJARA, PARA APOYAR LA REFORMA DE LA LEY ELECTORAL Y PROMOVER LA ELECCIÓN DIRECTA DEL ALCALDE.

6.- VIABILIDAD DE LA DEVOLUCIÓN DE AVAL CONSTITUIDO POR LA ENTIDAD MERCANTIL “GUAGUAS URBANAS PLAYAS DE JANDÍA, S.L.U.” EN CONCEPTO DE GARANTÍA DEFINITIVA DEL CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO MUNICIPAL DE TRANSPPORTE URBANO DE VIAJEROS.

7.- TOMA DE RAZÓN DE LA INFORMACIÓN A COMUNICAR PARA EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES CONTEMPLADAS EN LA ORDEN HAP/2105/2012, DE 1 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE DESARROLLAN LAS OBLIGACIONES DE SUMINISTRO DE INFORMACIÓN PREVISTAS EN LA LEY ORGÁNICA 2/2012, DE 27 DE ABRIL, DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y SOSTENIBILIDAD FINANCIERA PERTENECIENTE AL SEGUNDO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2014.

8.- MODIFICACIÓN DE CRÉDITO Nº 13/2014 MEDIANTE LA MODALIDAD DE CRÉDITO EXTRAORDINARIO DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 32 DE LA LEY ORGÁNICA 2/2012 DE 27 DE ABRIL DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y SOSTENIBILIDAD FINANCIERA

9.- ASUNTOS DE URGENCIA.      

PARTE DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN

10.- DACIÓN DE CUENTA DE LOS DECRETOS DE LA ALCALDÍA.

11.- RUEGOS, PREGUNTAS Y MOCIONES.

Segundo.- Los expedientes y documentos relativos a los asuntos del Orden del Día estarán a disposición de los Señores Concejales en la Secretaría de la Corporación para su información y examen.

Tercero.- Notificar la presente Resolución a los Concejales convocados, significándole que la misma pone fin a la vía administrativa, tal como se desprende del artículo 52.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y contra ella podrá interponer, sin perjuicio de cualquier otro que estime procedente:

1.- Recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía Presidencia del Ayuntamiento de Pájara, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2.- Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con los artículos 8, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con la salvedad de que no podrá hacer uso del recurso contencioso-administrativo en tanto no se resuelva, expresamente o por silencio, el Recurso de Reposición que, en su caso, se hubiera interpuesto, artículo 116.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.- Recurso Extraordinario de Revisión ante el mismo órgano administrativo que dicta la Resolución en los casos y plazos previstos en el artículo 118 de la misma Ley, concretamente, cuatro años desde la fecha de notificación de la resolución impugnada cuando se trata da la causa “Primera” y tres meses, a contar desde el conocimiento de los documentos o desde que la sentencia judicial quedó firme, en los demás casos.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde, en Pájara, a quince de septiembre de dos mil catorce.-El Alcalde, firmado y rubricado.- La Secretaria General Accidental, firmado y rubricado.- Hay un sello en tinta con la siguiente leyenda: “Ayuntamiento de Pájara. Fuerteventura”.

Pájara, 15 de septiembre de 2014.

El Alcalde

Fdo. Rafael Perdomo Betancor