Bando Municipal Acampadas Verano 2013

15 May 2013

DON RAFAEL PERDOMO BETANCOR, Alcalde- Presidente del Ayuntamiento de Pájara.

    HACE SABER: Que ante la proximidad del período estival, el litoral del Ayuntamiento de Pájara, como en años precedentes, se va a ver sometido, a una intensa ocupación, tanto por vecinos del Municipio, como foráneos que elijan nuestras playas para disfrutar de unos días de descanso.

    Esta presión social en un ecosistema ciertamente frágil e inestable, aconseja la adopción por parte de esta Alcaldía de una serie de medidas reguladoras del fenómeno de las acampadas, con el fin de paliar y, en su caso, suprimir, los efectos negativos que toda ocupación masiva de un espacio físico lleva consigo, en consonancia con lo establecido en el artículo 115. d) de Ley 22/1988, de 25 de julio, de Costas, que atribuye a los Ayuntamientos la obligación de mantener las playas y lugares públicos de baño en las debidas condiciones de limpieza, higiene y salubridad.

    En desarrollo de esta competencia se dictan las siguientes

INSTRUCCIONES:

    1º.- El período de acampada en el Municipio de Pájara comenzará desde el 30 de mayo hasta el 29 de septiembre de 2013, ambos inclusive. Cualquier instalación temporal fuera del período señalado constituirá una infracción al precepto legal invocado, al carecer la Corporación de las medidas adecuadas para mantener las playas en condiciones higiénico-sanitarias adecuadas.

    2º.- Solo estarán permitidas las acampadas en los lugares y con la extensión que a continuación se describen:

  • Puerto Rico           11 plazas
  • La Señora             10 plazas
  • Baja Gómez           60 plazas
  • La Jaqueta Chica    40 plazas
  • Guerepe               30 plazas
  • Ugán                    15 plazas
  • La Solapa              40 Plazas
  • Garcey                 46 plazas
  • Biocho                 15 plazas

    Así mismo se permitirá la acampada en la Playa de Punta Salinas dentro del Parque Natural de Jandía, previa autorización del Cabildo Insular de Fuerteventura.
    La delimitación geográfica de las zonas autorizadas para la instalación de acampadas se refleja en documentación gráfica elaborada a tal fin por la oficina técnica de la Corporación.
    Así mismo deberá obtener la Autorización de Acampada, requisito imprescindible para poder acampar. A través de la página www.pajara.es y rellenando el formulario que se enviará automáticamente a la Concejalía de Playas y Servicios o en la oficina situada en el Edif. De la Policía Local en la Avda. Jandía, 13 en Morro Jable, teléfono 928.54.07.11
     La  Autorización de Acampada comenzará a emitirse el miércoles día 22 de mayo.
    Se recuerda asimismo que la parcela establecida por caravana de 7*7m, que los vehículos deben tener la preceptiva matrícula, se permitirá un solo avance y además deben disponer de baños químicos.
    Estas medidas están orientadas a responder de las condiciones higiénico- sanitarias de la porción ocupada y su zona de influencia, extensible a un radio de 200 metros lineales, computados a partir del eje de circunferencia de la zona ocupada.

    3º.- Las casetas o instalaciones asimilables tendrán el carácter de desmontables o semovientes, y se utilizarán materiales ligeros en adecuadas condiciones, estando expresamente prohibidos  los contenedores de obras, así como las instalaciones que se compongan de materiales de desecho, tales como plásticos o cartones, maderas y similares, debiendo dotarse además de baños químicos.

    4º.- Cualquier campista, por el hecho de serlo, se compromete a depositar los residuos en bolsas de plásticos, que se verterán en los contenedores instalados ex profeso por el Ayuntamiento. Cualquier trasgresión de la presente norma será sancionada con extremo rigor.
    Al mismo tiempo se recuerda a los campistas que está terminante prohibido el marisqueo y la pesca submarina, sólo en las zonas autorizadas para ello.

    5º.- En todas aquellas cuestiones no reguladas específicamente en este bando serán de aplicación las instrucciones recogidas en las ordenanzas municipales vigentes, tales como Ordenanza Municipal de Limpieza, Ordenanza de Tenencia de Animales Domésticos, Ordenanza de Ruidos y Vibraciones, entre otras, de las que resaltamos la prohibición de perros sueltos en la playa y causar ruidos molestos.
    Estamos convencidos de que si las normas transcritas son observadas, no será necesario emplear medios coercitivos y a buen seguro disfrutáremos todos de unas vacaciones inolvidables.
    De ahí que, de antemano les agradezco la colaboración ciudadana que mediante el presente bando se recaba, porque estamos convencidos de que con las normas implantadas sólo se persigue el bienestar de los ciudadanos.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Pájara, a 13 de mayo de 2013

EL ALCALDE,

Fdo. D. RAFAEL PERDOMO BETANCOR

Documentos en formato PDF 01 y PDF 02