Son prestaciones económicas no periódicas destinadas a afrontar gastos específicos de carácter básico, relativos a la atención de necesidades alimenticias, así como la adecuación, el equipamiento y mantenimiento de la vivienda habitual del beneficiario, provocados por situaciones excepcionales y previsiblemente irrepetibles. Sirven también para cubrir necesidades de emergencia por razones humanitarias o de fuerza mayor, para prevenir situaciones de exclusión social y para favorecer la plena integración social de los sectores de población que carezcan de recursos económicos propios para la atención de sus necesidades básicas.
Los solicitantes de las ayudas económicas deben cumplir con los siguientes requisitos.
1.- Ser mayor de 18 años o estar emancipado legalmente o, en su defecto, haber iniciado el trámite legal de emancipación.
2.- Estar empadronado y residiendo en el término municipal con una antelación mínima de seis meses a la solicitud, excepto aquellos solicitantes que estén acogidos en recursos de alojamiento institucional y los transeúntes que se encuentren en situación de extrema urgencia ó aquellos solicitantes que estando empadronados y residentes y no cumpliendo el tiempo de antigüedad se encuentren en situación de extrema necesidad ó exclusión social.
3.- No contar con recursos económicos suficientes .
4.- No disponer de bienes muebles o inmuebles, distintos a la vivienda habitual, sobre los que se posea un derecho de propiedad, posesión, usufructo o cualquier otro que genere ó pueda generar ingresos de forma inmediata o en el momento en que surja la necesidad.
5.- No tener acceso a otras ayudas de otras Administraciones Públicas o recursos propios que cubran la totalidad de la necesidad para la que se solicita la prestación, excepto las tipificadas en la presente ordenanza.
6.- No haber solicitado ningún miembro de la unidad familiar ayuda económica municipal en los últimos 6 meses, salvo en aquellos casos excepcionales en los que por necesidad sobrevenida requieran de atención urgente e inmediata.
2.- Con carácter general, las ayudas se tramitarán por un concepto único y sólo con carácter excepcional podrán especificarse dos conceptos, en cuyo caso el importe máximo de la ayuda será el que corresponda a la suma de ambos conceptos, siempre que dicha cantidad no supere el 300% del SMI vigente.¨{/tab}{tab title=Documentación}La documentación que deben presentar l@s solicitantes será la siguiente:
1) De carácter general:
- Solicitud de ayuda, según modelo oficial (Anexo I), debidamente cumplimentada.
- Fotocopia del D.N.I. ó documentación acreditativa de la identidad del/a solicitante y de los/as mayores de 16 años de la unidad familiar.
- Fotocopia del Libro de familia, partida de nacimiento de cada miembro de la unidad familiar o, en su caso cualquier otro documento que acredite la composición de la unidad familiar.
- Certificado de empadronamiento comprensivo, en su caso, de la unidad familiar.
- Si algún miembro no figurara en el certificado de empadronamiento de la unidad familiar, certificado de convivencia comprensivo, en su caso, de la unidad familiar.
- En el caso de trabajadores desempleados, fotocopia de la tarjeta de demanda de empleo de los mayores de 16 años. No obstante, en el caso de ser estudiante algún miembro de la unidad familiar mayor de 16 años, justificante que acredite dicha situación. Así mismo, cuando concurran otras causas que impidan la obtención de la citada tarjeta, el interesado lo hará constar en documento expreso por medio de declaración jurada, con indicación de la causa concurrente, la cual deberá ser apreciada por los Servicios Sociales Municipales para poder ser beneficiario de la ayuda solicitada.
- Justificante de ingresos de cada uno de los miembros de la unidad familiar. A tal efecto se presentará, según proceda, la siguiente documentación:
a) Fotocopia del contrato de trabajo y las dos últimas nóminas de l@s mayores de 16 años que realicen actividad laboral.
b) Justificante de la pensión que cobra, en caso de pensionistas.
c) Justificante de prestación por desempleo, en caso de desemplead@s.
d) Fotocopia de los pagos trimestrales a Hacienda, en caso de trabajadores autónom@s y declaración responsable de los ingresos mensuales que percibe.
e) Declaración de la renta o justificante negativo en caso de no realizarla.
f) Alta de Tercero para procedimientos de pagos en este Ayuntamiento.
g) Declaración responsable en la que se hará constar:
* Que no ha recibido ayudas o subvenciones para el mismo destino, de cualquier Administración ó Entidad Pública. En otro caso deberá consignar las que haya solicitado y el importe de las recibidas.
* Que haya procedido a la justificación de las ayudas que se le hubieran concedido con anterioridad por el Ayuntamiento o en otro caso, indicación de las ayudas pendientes de justificar y causa que lo motiva.
* Que autoriza expresamente a la Administración municipal para recabar cualquier tipo de información que pueda obrar en su poder o solicitarla a otras Administraciones.
h) Cualquier otra documentación que el Departamento de Servicios Sociales pueda considerar de interés para la correcta valoración de su solicitud y que se le podrá requerir durante su tramitación.
En caso de imposibilidad de aportar total ó parcialmente la documentación en cuestión, el interesado lo hará constar en documento expreso por medio de declaración jurada, con indicación de la causa concurrente, la cual deberá ser apreciada por los Servicios Sociales municipales para poder ser beneficiario de la ayuda solicitada.
2) Documentación específica, según tipo de solicitud:
a) Ayudas para dietas especiales:
- Prescripción facultativa que acredite la necesidad de dieta especial.
- Un presupuesto del coste de la dieta.
b) Ayudas para alquiler de la vivienda habitual:
- Contrato de arrendamiento o en su caso, justificación del derecho de uso de la vivienda ó habitación y coste económico del mismo.
- Último recibo de alquiler, y recibo de fianza, en su caso.
c) Ayudas para adaptación de la vivienda habitual para personas con movilidad reducida:
- Informe médico que acredite la movilidad reducida.
- Dos presupuestos distintos del coste de la adaptación de distintos proveedores, salvo justificación, que deberá ser apreciada por los Servicios Sociales Municipales, de la imposibilidad de recabar dos ofertas diferentes por razones técnicas o de inaccesibilidad.
d) Ayudas para adquisición de equipamiento básico de primera necesidad para la vivienda habitual:
- Dos presupuestos distintos del equipamiento a adquirir de distintos proveedores, salvo justificación, que deberá ser apreciada por los Servicios Sociales Municipales, de la imposibilidad de recabar dos ofertas diferentes por razones técnicas o de inaccesibilidad.
e) Ayudas para deudas derivadas del consumo de energía eléctrica en la vivienda habitual y para el alta de la misma:
- Los recibos pendientes de pago.
- Presupuesto del alta y/o acometida.
f) Ayudas para adquisición, reparación y adaptación de gafas graduadas.
- Prescripción facultativa que acredite la necesidad.
- Dos presupuestos de distintos proveedores, salvo justificación, que deberá ser apreciada por los Servicios Sociales Municipales, de la imposibilidad de recabar dos ofertas diferentes por razones técnicas o de inaccesibilidad.
g) Ayudas para ortopedias y prótesis:
- Prescripción facultativa que acredite la necesidad.
- Dos presupuestos de distintos proveedores, salvo justificación, que deberá ser apreciada por los Servicios Sociales Municipales, de la imposibilidad de recabar dos ofertas diferentes por razones técnicas o de inaccesibilidad.
- Justificante del Servicio Canario de Salud que acredite la cuantía que, en su caso, aporta para tal fin.
h) Ayudas técnicas:
- Prescripción facultativa que acredite la necesidad.
- Dos presupuestos de distintos proveedores, salvo justificación, que deberá se apreciada por los Servicios Sociales Municipales, de la imposibilidad de recabar dos ofertas diferentes por razones técnicas o de inaccesibilidad.
- Justificante del Servicio Canario de Salud que acredite la cuantía que, en su caso, aporta para tal fin.


