Modificación parcial Concejales Delegados

23 Abr 2013

Se hace público, que por el Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Pájara, se ha dictado la siguiente resolución, cuyo tenor literal es el siguiente:

 

“DECRETO Nº 1782/2013.- Dada cuenta de la restructuración de las áreas de la Corporación acordada por el Pleno en sesión ordinaria de fecha 18 de abril de 2013, modificación parcial que afecta a las áreas números 4 y 13 creadas en acuerdo plenario de 17 de junio de 2011, sin alteración alguna de los términos y condiciones en que las mismas venían siendo ejercidas por los Concejales y Concejalas Delegados designados por esta Alcaldía Presidencia.

CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con lo dispuesto en los artículos 43, 44 y 45 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, corresponde a esta Alcaldía Presidencia la designación de los Concejales y Concejalas que hayan de desempeñar las mismas por delegación.

    CONSIDERANDO: Que resulta procedente adaptar el régimen de delegaciones de esta Alcaldía contenido en el Decreto 2498/2011, de 20 de junio, publicado en el B.O.P. de Las Palmas número 87 de 6 de julio de 2011, posteriormente modificada mediante Decreto nº 4096/2012, de 19 de octubre, publicado en el B.O.P. de Las Palmas número 139 de 31 de octubre de 2012, sin alteración del resto de los términos y condiciones de la delegación que en dicha resolución se contienen.

    En su virtud, en uso de las facultades que me están conferidas por la legislación vigente, RESUELVO:

    Primero.- Delegar, con carácter genérico,  la dirección y gestión, con inclusión de la facultad de resolver mediante actos que afecten a terceros, sin perjuicio de las excepciones que se señalan, de los siguientes servicios:

– Área número 4.- Economía y Hacienda, a DON IGNACIO PERDOMO DELGADO.

– Área número 13.- Agricultura, Ganadería, Pesca, Sanidad, Salud Pública y Educación, Urbanismo y Planeamiento a DOÑA DAMIANA  DEL PILAR SAAVEDRA HERNÁNDEZ.

    Segundo.- Las delegaciones conferidas surtirán efectos desde el día siguiente al de la fecha de esta Resolución, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, quedando sin efecto el régimen de delegaciones hasta ahora vigente.

Tercero- Dar cuenta de esta Resolución al Pleno del Ayuntamiento en la próxima  sesión que se celebre,  notificar la misma a los  Departamentos y Servicios de la Corporación y a los Concejales y Concejalas interesados,  significándoles  que esta resolución pone fin a la vía administrativa, tal como se desprende del artículo 52.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, RBRL, y contra la misma podrá interponer, sin perjuicio de cualquier otro que estime procedente:

1.- Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano  que dicta el presente  acuerdo, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos  116 y 117 de la Ley 30/92  de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

    2.- Recurso contencioso-administrativo ante  el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Las Palmas en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con los artículos 8, 25 y 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa, con la salvedad de que no se podrá hacer uso del recurso contencioso-administrativo en tanto no se resuelva, expresamente  o por silencio, el recurso de reposición que, en su caso,  se hubiera interpuesto, artículo 116.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    3.- Recurso extraordinario de revisión ante el mismo órgano administrativo que dictó  el presente acuerdo en los casos y plazos previstos en el artículo 118 de la misma Ley, concretamente, cuatro años desde la fecha de notificación de la resolución impugnada cuando se trata de la causa 1ª, y tres meses, a contar desde el conocimiento de los documentos o desde que la sentencia judicial quedó firme, en los demás casos.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde, en Pájara, a diecinueve de abril de dos mil trece.- El Alcalde, firmado y rubricado.- La Secretaria General Accidental, firmado y rubricado.- Hay un sello en tinta con la siguiente leyenda: “Ayuntamiento de Pájara. Fuerteventura”.

Pájara, 19 de abril de 2013.

El Alcalde