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Se hace público que por el Sr. Alcalde Presidente se ha dictada la resolución que seguidamente se transcribe literalmente y dice: Decreto nº 678 /2010.- En cumplimiento de lo previsto en el artículo 21 de la Ley 7/85, de 2 de abril, y demás preceptos que lo desarrollan, vengo a DISPONER:
Primero.- Convocar sesión extraordinaria del Ayuntamiento Pleno, el día 25 de febrero de 2010, a las 12,00 horas, en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial de Pájara, con objeto de tratar los asuntos que se reseñan en el Orden del Día que a continuación se especifican: ORDEN DEL DÍA:
1º.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, ACTA PRECEDENTE.
2º.-SUGERENCIAS PROPUESTAS POR EL AYUNTAMIENTO DE PÁJARA EN RELACIÓN AL AVANCE DE LA REVISIÓN DEL PLAN INSULAR DE ORDENACIÓN DE FUERTEVENTURA (PIOF). 3º.- SOLICITUD DEL FUNCIONARIO DE LA POLICÍA LOCAL DON ANIBAL CUBAS CABRERA DE PASE A LA SITUACIÒN DE SEGUNDA ACTIVIDAD SIN DESTINO. 4º.- APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS CENTRO SUR DE FUERTEVENTURA. 5º.- APROBACIÓN DE OPERACIÓN DE TESORERÌA POR IMPORTE DE 4.000.000€ CON LA ENTIDAD FINANCIERA GRUPO SANTANDER. 6º.- APROBACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN DE PAGOS (CONFIRMING) CON LA ENTIDAD FINANCIERA GRUPO SANTANDER HASTA EL IMPORTE DE 1.500.000€. Segundo.- Los expedientes y documentos relativos a los asuntos del Orden del Día estarán a disposición de los Sres. Concejales en la Secretaría de la Corporación para su información y examen.
Tercero.- Dar traslado de la presente resolución a los Concejales convocados, significándoles que este acuerdo pone fin a la vía administrativa, tal como se desprende del artículo 52.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y contra la misma podrán interponer, sin perjuicio de cualquier otro que estimen procedente:
1º.- Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dicta el presente acuerdo, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
2º.- Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Las Palmas en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con los artículos 8, 25 y 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa, con la salvedad de que no se podrá hacer uso del recurso contencioso-administrativo en tanto no se resuelva, expresamente o por silencio, el recurso de reposición que, en su caso, se hubiera interpuesto, art. 116.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3º.- Recurso extraordinario de revisión ante el mismo órgano administrativo que dictó el presente acuerdo en los casos y plazos previstos en el art. 118 de la misma Ley, concretamente, cuatro años desde la fecha de notificación de la resolución impugnada cuando se trata de la causa 1ª, y tres meses, a contar desde el conocimiento de los documentos o desde que la sentencia judicial quedó firme, en los demás casos.
Lo manda y firma el Sr. Alcalde, en Pájara, a veintidós de febrero de dos mil diez.- El Alcalde, firmado y rubricado.- El Secretario General, firmado y rubricado.- Hay un sello en tinta con la siguiente leyenda: Ayuntamiento de Pájara.- Fuerteventura”. Pájara, a 22 de febrero de 2010. El Secretario General.
Fdo.; Antonio J. Muñecas Rodrigo.
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